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LEY QUE DEROGA EL DECRETO N°. 218 QUE REFORMA A LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS
LEY N°. 229, aprobada el 06 de agosto de 1996
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 241 del 19 de diciembre de 1996
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al Pueblo Nicaragüense que
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
HA DICTADO
La siguiente
LEY QUE DEROGA EL DECRETO N°. 218 QUE REFORMA A LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS
Artículo 1.- Derógase el Decreto No. 4 de Reforma a las Sociedades Anónimas, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 2 del 3 de Enero de 1980, con aclaración numérica publicada en La Gaceta No. 7 del 9 de Enero del mismo año, pasando a ser el Decreto No. 218. De esta derogación se exceptúa el inciso b) del Artículo 1 de dicho Decreto.
Artículo 2.- Se restablecen los Artículos 244, 260 y 262 del Código de Comercio, modificados por el Decreto No. 218, objeto de esta derogación.
Artículo 3.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dada en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los seis días del mes de Agosto de mil novecientos noventa y seis. CAIRO MANUEL LÓPEZ, Presidente de la Asamblea Nacional. JAIME BONILLA, Secretario de la Asamblea Nacional.
Por tanto: Téngase como Ley de la República. Publíquese y Ejecútese. Managua, veintitrés de Agosto de mil novecientos noventa y seis. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, Presidente de la República de Nicaragua.