LEY DE TITULACION DE LOTES EN REPARTOS INTERVENIDOS. ADICION AL ARTO. 1°
Decreto No. 1117 de 29 de septiembre de 1982
Publicado en La Gaceta No. 234 de 7 de octubre de 1982
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
en uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.-Se adiciona al Arto 1° del Decreto No. 923 Ley de Titulación de Lotes en Repartos Intervenidos publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 16 del 21 de enero de 1982, el siguiente párrafo:
"Sobre el dominio de los lotes amparados por los títulos a que se refiere esta Ley, no pesarán los gravámenes existentes sobre el terreno de donde se hace la desmembración libre de gravamen y en consecuencia sin poner ninguna anotación al margen".
Artículo 2.-El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en "La Gaceta" Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los veintinueve días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y dos. "Año de la Unidad Frente a la Agresión".
JUNTA DE Goi3IERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL. Sergio Ramírez Mercado. - Daniel Ortega Saavedra. - Rafael Córdova Rivas.