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Sin Vigencia
TEATRO POPULAR RUBÉN DARÍO, DENOMINACIÓN
DECRETO EJECUTIVO N°. 434, aprobado el 07 de junio de 1980
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 131 del 11 de junio de 1980
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Considerando:
I
Que durante la dictadura somocista el llamado Teatro Nacional "Rubén Darío", construido con dinero del pueblo, había sido usurpado por una elite privilegiada.
II
Que la Revolución Popular Sandinista ha recuperado para uso y disfrute del pueblo lo que legítimamente le pertenece.
III
Que a raíz del triunfo de nuestra Revolución Popular Sandinista, a instancias del pueblo nicaragüense, el nombre del Teatro Nacional "Rubén Darío" le fue cambiado por el de Teatro Popular "Rubén Darío", por lo que es necesario formalizar esta denominación. en uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.- Para todos los efectos se denomina Teatro Popular "Rubén Darío", el Teatro anteriormente llamado Teatro Nacional "Rubén Darío".
Artículo 2.- Todos los derechos y obligaciones constituidas a nombre del Teatro Nacional "Rubén Darío" se entienden transferidas al Teatro Popular "Rubén Darío".
Artículo 3.- Se adscribe el Teatro Popular "Rubén Darío" al Ministerio de Cultura, quien queda facultado para emitir todas las disposiciones, acuerdos y reglamentos necesarios para la correcta administración del Teatro y el buen desarrollo de sus actividades.
Artículo 4.- Se deroga la Ley Creadora de la Junta Directiva del Teatro Nacional "Rubén Darío", emitida por Decreto Ejecutivo No. 4 del Ministerio de Educación Pública del trece de marzo de mil novecientos setenta y publicado en "La Gaceta", Diario Oficial, No. 73 del 6 de abril de 1970, así como cualquiera otras disposiciones legales en lo que se oponga al presente decreto.
Artículo 5.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los siete días del mes de junio de mil novecientos ochenta. "Año de la Alfabetización".
Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional. Sergio Ramírez Mercado. - Moisés Hassan Morales. - Daniel Ortega Saavedra. - Arturo J. Cruz. Rafael Córdova Rivas.