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Sin Vigencia
PROHÍBESE EXPORTACIÓN DE FRIJOL ROJO Y MAÍZ
DECRETO EJECUTIVO N°. 299-MEIC, aprobado el 13 de febrero de 1978
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 40 del 18 febrero de 1978
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.
En uso de las facultades que le confiere el Arto. 194, inciso 3º. Cn., y los numerales 1), 2) y 7) del Arto. 12 de la Ley Creadora de los Ministerio de Estado y otras
Dependencias del Poder Ejecutivo.
Decreta:
Primero.-
Se prohíbe la exportación de Frijol Rojo y Maíz de cualquier clase o variedad.
Segundo.-
Este Decreto reforma el Decreto No. 132-MEIC de trece de Enero de mil novecientos setenta y cinco; surte sus efectos a partir de esta fecha y deberá publicarse en "La Gaceta", Diario Oficial.
Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, Distrito Nacional a los trece días del mes de febrero de mil novecientos setenta y ocho.- (f) A. SOMOZA, Presidente de la República.- (f) Róger Blandón V., Ministro de Economía, Industria y Comercio.