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LEY QUE DECLARA EL DÍA NACIONAL DEL TRABAJADOR SOCIAL
LEY N°. 237, aprobada el 26 de septiembre de 1996
Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 223 del 25 de noviembre de 1996
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al Pueblo Nicaragüense que
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades
HA DICTADO
La siguiente
LEY QUE DECLARA EL "DÍA NACIONAL DEL TRABAJADOR SOCIAL"
Artículo 1.- Se declara el día 8 de Julio de cada año "Día Nacional del Trabajador Social".
Artículo 2.- La presente Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en cualquier medio de comunicación social escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiséis días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y seis. ADOLFO JARQUÍN ORTEL, Presidente de la Asamblea Nacional por la Ley. JAIME BONILLA, Secretario de la Asamblea Nacional.
Por Tanto: Téngase como Ley de la República. Publíquese y Ejecútese. Managua, dieciséis de Octubre de mil novecientos noventa y seis. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, Presidente de la República de Nicaragua.