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Sin Vigencia
REFORMAS AL DECRETO N°. 49-91, LEY DE EMPRESA ADMINISTRADORA DE AEROPUERTOS INTERNACIONALES
DECRETO EJECUTIVO N°. 41-98, aprobado el 15 de junio de 1998
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 111, del 16 de junio de 1998
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de las facultades que le confiere la Constitución,
DECRETO:
Artículo 1.- Se reforman los incisos b) y c) del Decreto No. 49-91, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 6 de 13 de enero de 1992, los que se leerán así:
inciso b) La Dirección de la empresa será ejercida por una Junta Directiva
integrada de la manera siguiente:
1) Un Presidente, nombrado por el Presidente de la República.
2) El Ministro de la Construcción y Transporte, o su delegado.
3) El Ministro de Finanzas, o su delegado.
4) El Ministro de Economía y Desarrollo, o su Delegado.
5) El Director del Instituto Nicaragüense de Turismo, o su delegado.
6) Un representante electo por las asociaciones privadas nacionales de Turismo legalmente reconocidas.
inciso c) La responsabilidad administrativa y financiera de la Empresa estará a cargo del Presidente de la Junta Directiva, que a su vez será Presidente Ejecutivo de la misma, con facultades de Mandatario General de Administración, el que podrá otorgar a nombre de la Empresa poderes generales judiciales, y especiales de administración cuando las operaciones de la Empresa lo requieran. Tendrá, además, las atribuciones siguientes:
La coordinación de las actividades de los diversos organismos del Estado que por sus funciones especiales tengan que desarrollar en el aeropuerto parte de ellas, todo con miras a prestar un eficaz servicio a los usuarios y a la facilitación de las operaciones aeronáuticas en general.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, a los quince días del mes de Junio de mil novecientos Noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMAN LACAYO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.- EDUARDO MONTEALEGRE RIVAS, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA
Observación: Título de la norma, conforme publicación de la Ley N°. 1036, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Transporte, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 17 del 26 de enero de 2021.