APRUÉBASE Y RATIFÍCASE LA ADHESIÓN DE NICARAGUA AL CONVENIO QUE ESTABLECE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL (OMPI)
DECRETO EJECUTIVO N°. 1528 de 06 de diciembre de 1984
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 243 de 18 de diciembre de 1984
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Considerando:
I
Que el 14 de Julio de 1967, se suscribió en Estocolmo el Convenio que establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), Organismo Especializado de las Naciones Unidas encargado de adoptar las medidas apropiadas para promover, entre otras, la actividad intelectual creadora y facilitar la transmisión de tecnología relativa a propiedad industrial a los países en desarrollo.
II
Que actualmente se procede a la reestructuración y modernización de la administración de la propiedad industrial e intelectual que requiere de la asistencia y cooperación de la Organización Mundial.
Por Tanto:
En uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.- Aprobar y ratificar la adhesión de Nicaragua al Convenio que establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), suscrito en Estocolmo el 14 de Julio de 1967.
Artículo 2.- Expedir el correspondiente Instrumento de Adhesión para su depósito ante el Director General de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual de conformidad con el Artículo 14 del Convenio.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los seis días del mes de Diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro.- "A Cincuenta Años Sandino Vive".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. -- Daniel Ortega Saavedra.- Sergio Ramírez Mercado.- Rafael Córdova Rivas.