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Sin Vigencia
(AMPLIAR LA DECLARACIÓN DE SITUACIÓN DE DESASTRE NATURAL A LOS DEPARTAMENTOS DE GRANADA, RIVAS Y LAS REGIONES AUTÓNOMAS DEL ATLÁNTICO NORTE Y SUR)
DECRETO EJECUTIVO N°. 106-2000, aprobado el 11 de octubre del 2000
Publicado en La Gaceta Diario Oficial N°. 194 del 13 de octubre del 2000
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
ACUERDA
Artículo 1.-Ampliar la declaración de situación de Desastre Natural a los departamentos de Granada, Rivas y las Regiones Autónomas del Atlántico Norte y Sur.
Artículo 2.-Instruir al Ministro de Hacienda y Crédito Público para efectuar las modificaciones necesarias en el Presupuesto General de la República vigente para hacer frente al desastre natural que se ha presentado y realizar los desembolsos requeridos de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 31 de la Ley de Régimen Presupuestario, debiendo informar a la Asamblea Nacional para los efectos correspondiente.
Artículo 3.-El Ejército y la Policía Nacional deberán continuar, como lo han hecho, resguardando en las zonas de desastres la seguridad de las personas y sus bienes.
Artículo 4.-Los Ministerios de Estado y las Instituciones descentralizadas en el área de su competencia deberán en forma inmediata proceder a la ejecución de programas de emergencia en las áreas referidas.
Artículo 5.-El presente Decreto entrará en vigencia a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el once de Octubre del año dos mil.- ARNOLDO ALEMAN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.