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Sin Vigencia
LEY DE EMPRESAS REGIONALES DE INSUMOS INDUSTRIALES
DECRETO EJECUTIVO N°. 355, aprobado el 18 de mayo de 1988
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 99 de 26 de Mayo de 1988
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
Decreta:
Arto. 1.- Reformar el Artículo 8 del Decreto N°. 1281 del 12 de Julio de 1983, Ley de Empresas Regionales de Insumos Industriales, publicado en La Gaceta N°. 164 del 16 de mismo mes y año el cual se leerá así:
"Arto. 8.- El uso o destino de los excedentes que resultaren del desarrollo de las actividades de las Empresas después del cumplimiento de sus obligaciones financieras y fiscales serán determinados por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio de acuerdo con la política económica - social del Gobierno".
Arto. 2.- Este Decreto comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en "La Gaceta" Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los dieciocho días del mes de Mayo de mil novecientos ochenta y ocho. "Por una Paz Digna..."Patria Libre o Morir".- Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República.