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REFORMA A LA LEY DE INVERSIONES EXTRANJERAS
DECRETO - LEY N°. 2-92, aprobado el 06 de enero de 1992
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 2 del 07 de enero de 1992
El Presidente de la República de Nicaragua,
En uso de las facultades delegadas por la Asamblea Nacional, mediante Decreto Ley Anual Delegatorio de las funciones legislativas de fecha trece de Diciembre de mil novecientos noventa y uno.
Decreta:
La siguiente
REFORMA A LA LEY DE INVERSIONES EXTRANJERAS
Artículo 1.- Se reforma el Arto. 19 de la Ley No. 127 denominada "Ley de Inversiones Extranjeras", publicada en "La Gaceta", Diario Oficial No. 113 del 20 de Junio de 1991, el cual se leerá así:
"Arto. 19.- El Quórum del Comité se formará con la presencia de tres de sus miembros".
Artículo 2.- El presente Decreto Ley entrará en vigencia a partir de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los seis días del mes de Enero de mil novecientos noventa y dos.- VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.