PRÓRROGA DEL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE SOLICITUD DE REVISIÓN DE
ADQUISICIONES EFECTUADAS AL AMPARO DE LA LEY 85
Decreto No 44-92. Aprobado el 31 de Agosto de 1992
Publicado en La Gaceta No.167 del 31 de Agosto de 1992
El Presidente de la República de Nicaragua, en uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.- Prorrógase hasta el día cuatro de Septiembre de 1992 el plazo para la presentación de solicitudes de Revisión de las Adquisiciones efectuadas al amparo de la Ley 85, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 64 del 30 de Marzo de 1990.
Artículo 2.- Este Decreto Reforma el Artículo 11 del Decreto Presidencial No.35-91 del 19 de Agosto de 1991 y el Decreto Presidencial No.40-92 del 29 de Junio de 1992.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los treinta y uno días del mes de Agosto de mil novecientos noventa y dos.- VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA