IR A LEGISLACIÓN DE NICARAGUA
Legislación de Nicaragua
Normas Jurídicas
...
_Publicación oficial
Categoría normativa: Leyes
Materia: Justicia Penal
Enlace al Reglamento:

Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia

REFORMA A LA LEY N°. 124, LEY DE REFORMA PROCESAL PENAL

LEY N°. 134, aprobada el 23 de agosto de 1991

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 170 de 11 de septiembre de 1991

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

Ha Dictado:
La siguiente:

REFORMA A LA LEY N°. 124

Artículo 1.- Se reforma el Artículo 45 de la Ley No. 124 "Ley de Reforma Procesal Penal", del 8 de Marzo de 1991, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial, No. 137 del 25 de Julio de 1991, el cual se leerá así:

"Artículo 45 esta Ley entrará en vigor el veinticinco de Febrero de mil novecientos noventa y dos".

Artículo 2.- La presente Ley entrará en vigencia el día de su publicación por cualquier medio de difusión, sin perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los veintitrés días del mes de Agosto de mil novecientos noventa y uno.- Alfredo Cesar Aguirre, Presidente de la Asamblea Nacional.- Fernando Zelaya Rojas, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por Tanto: Publíquese y Ejecútese.- Managua, seis de Septiembre de mil novecientos noventa y uno.- Violeta Barrios de Chamorro, Presidente de la República.

Observación: El Título de esta norma es conforme la publicación de la Ley N°. 1159 Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Justicia Penal. Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 32 del 20 de febrero del 2024.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo "Carlos Núñez Téllez"
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Gral. Benjamín Zeledón, 7mo. Piso
Teléfono Directo: 2276-8460. Ext.: 281
Enviar sus comentarios a: Dirección de Información Legislativa