DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y TRASLADO DE ACTIVOS Y PASIVOS DE LA CORPORACIÓN NICARAGÜENSE DE IMPORTACIONES Y SERVICIOS AGROPECUARIOS
DECRETO EJECUTIVO N°. 81-98, aprobado el 20 noviembre 1998
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 228, del 26 noviembre 1998
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
CONSIDERANDO:
I
Que existen Corporaciones creadas con anterioridad a la presente Administración, las cuales fueron adscritas a la Junta General de Corporaciones Nacionales del Sector Público (CORNAP), mediante Decreto-Ley No. 7-90 y que actualmente por una u otra circunstancia no tienen razón de existir.
II
Que es política del Gobierno de la República de Nicaragua adoptar los pasos necesarios para depurar y agilizar el proceso de ordenamiento de las entidades, corporaciones y empresas del Estado, entre las cuales se encuentra la Corporación Nicaragüense de Importaciones y Servicios Agropecuarios (IMSA).
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,
HA DICTADO:
El siguiente:
DECRETO:
DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y TRASLADO DE ACTIVOS Y PASIVOS DE LA CORPORACIÓN
NICARAGÜENSE DE IMPORTACIONES Y SERVICIOS AGROPECUARIOS (IMSA)
Artículo 1.- Procédase a la Disolución de la Corporación Nicaragüense de Importaciones y Servicios Agropecuarios (IMSA), facultándose a la Junta General de Corporaciones Nacionales del Sector Público (CORNAP), a realizar todas la operaciones conducentes a la Disolución ordenada en este Decreto.
Artículo 2.- Delégase a la Junta General de Corporaciones Nacionales del Sector Público para que proceda conforme con los términos del Artículo 20 del Decreto N° 362 Ley de la Corporación Nicaragüense de Importaciones y Servicios Agropecuarios (IMSA), publicado en La Gaceta, Diario Oficial N° 102 del 31 de Mayo de 1988.
Artículo 3.- Trasládense los activos y pasivos de la Corporación Nicaragüense de Importaciones y Servicios Agropecuarios (IMSA) y las empresas que tiene asignadas bajo su administración y control, a la Junta General de Corporaciones Nacionales del Sector Público (CORNAP), y como consecuencia del traslado, la Junta General de las Corporaciones Nacionales del Sector Público (CORNAP), es la sucesora legal sin solución de continuidad de todos los derechos, obligaciones, bienes y acciones que se le trasladan y que posee la Corporación Nicaragüense de Importaciones y Servicios Agropecuarios (IMSA).
Artículo 4.- La Junta General de Corporaciones Nacionales del Sector Público (CORNAP) procederá a inventariar la cartera, los derechos, bienes, acciones y levantar el balance contable actualizado de la Corporación Nicaragüense de Importaciones y Servicios Agropecuarios (IMSA) con el fin de determinar sus montos y características.
Artículo 5.- Derógase el Decreto No. 362 del 30 de Mayo de 1988, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 102 del 31 de Mayo de 1988.
Artículo 6.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veinte de Noviembre de mil novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMÁN LACAYO .- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.
Observación: Título de la norma, conforme publicación de la Ley N°. 1067, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 148 del 10 de agosto de 2021.