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Sin Vigencia
SE RATIFICA CONTRATO DE PRÉSTAMO OTORGADO POR EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE HOLANDA A LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
DECRETO EJECUTIVO N°. 125, aprobado el 04 de octubre de 1985
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 201 del 21 de octubre de 1985
Se Ratifica Contrato de Préstamo
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Decreto No. 12
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo 1.-Se ratifica en todas y cada una de sus partes el Contrato de Préstamo Blando otorgado por el Gobierno de la República de Holanda a la República de Nicaragua por la suma de nueve millones de Florines (HFL 9.0mm) como financiamiento para la adquisición de camiones para el Ministerio de Transporte, MITRANS suscrito el día trece de septiembre de mil novecientos ochenta y cinco, en Managua
Artículo 2.-El Ministerio de Finanzas deberá establecer oportunamente en los presupuestos de ingresos y egresos de la República, las cantidades necesarias para el cumplimiento de las obligaciones contraídas.
Artículo 3.-El presente Decreto entrará en vigencia desde el momento de su publicación por cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su publicación posterior en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los cuatro días del mes de Octubre de mil novecientos ochenta y cinco. "Por la paz, Todos contra la Agresión".-DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente de la República.
Observación: Esta norma jurídica se ajusta al título conforme al Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.