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Sin Vigencia
REFORMA A LA LEY DE LICENCIAS COMERCIALES
DECRETO EJECUTIVO N°. 354, aprobado el 16 de mayo de 1988
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 99 del 26 de mayo de 1988
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de las facultades que le confiere el Artículo 150, numeral 4 de la Constitución Política,
Decreta:
Arto. 1.- Se reforma el Arto. 2 del Decreto No. 559, "Ley de Licencias Comerciales", publicada en "La Gaceta", Diario Oficial No. 39 del 15 de Febrero de 1961, el que íntegra y literalmente se leerá así:
Arto. 2.- Se establece para las personas que se dedican a las actividades a que se refiere el Artículo 1 inciso a) al j), los derechos para obtención de licencias siguientes:
a) Para importador directo de primera categoría C$ 8,400.00
b) Para importador directo de segunda categoría 4,200.00
c) Para agentes o representantes de casas extranjeras 5,100.00
d) Para agentes aduaneros 5,600.00
e) Para importador industrial 850.00
f) Para distribuidores exclusivos de productos de cadauna de las casas extranjeras que represente:
Primera categoría por cada casa 5,600.00
Segunda categoría por cada casa 4,200.00
Tercera categoría por cada casa 2,800.00
g) Para agentes o representantes de casas peliculeras 8,400.00
h) Para agentes o representantes de compañías de seguro extranjeras 8,400.00
i) Para agentes corredores de seguros 8,400.00
j) Agentes o representantes de empresas navieras o aéreas (2) 8,400.00
Se faculta al Ministerio de finanzas para variar mediante Acuerdo Ministerial, los montos establecidos en los Artículos 2, 18 y 20 de la presente Ley y las Tasas estipuladas en los Artículos 14 y 17 de la misma Ley, previa aprobación de la Presidencia de la República.
Arto. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación colectiva sin perjuicio de su publicación posterior en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua a los dieciséis días del mes de Mayo de mil novecientos ochenta y ocho. "Por una paz Digna...Patria Libre o Morir.".- Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República.