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Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Materia: Aduanas

Sin Vigencia

DEROGACIÓN DEL DECRETO N°. 714, GRAVAMEN A IMPORTACIONES

DECRETO EJECUTIVO N°. 67-90, aprobado el 21 de diciembre 1990

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 247 del 24 de diciembre de 1990

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

Considerando

I

Que el Programa de Estabilización y Ajuste Estructural para Nicaragua 1990-1993, contempla la necesidad de mejorar la eficiencia y competitividad del país mediante la eliminación gradual de las restricciones al comercio intra centroamericano.

Por Tanto:

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

Ha Dictado:

El siguiente

Decreto de:

DEROGACIÓN DEL DECRETO No. 714

Artículo 1.- Derogase el Decreto No. 714 "gravamen a Importaciones", publicado en "La Gaceta", Diario Oficial número noventa y cinco del cinco de Mayo de mil novecientos noventa, relativo a gravamen del 10% sobre el valor CIF a todos los bienes importado de Honduras.

Artículo 2.- Comunicar al Ilustrado Gobierno de la República de Honduras por intermedio del Ministerio del Exterior, lo dispuesto en este Decreto.

Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los veintiún días del mes de Diciembre de mil -novecientos noventa.- Violeta Barrios de Chamorro, Presidente de la República de Nicaragua.

Observación: El Decreto Ejecutivo N°. 67-90, Derogación del Decreto N°. 714, Gravamen a Importaciones, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Aduanas y el título de este Decreto se ajusta conforme al Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico.

Este Decreto Ejecutivo N°. 67-90 se publicó nuevamente en La Gaceta, Diario Oficial N°. 250 del 28 de diciembre de 1990.
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