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ACLARACIÓN SOBRE LEY DE ARANCELES CONSULARES
DECRETO - LEY N°. 880, aprobado el 26 de noviembre de 1981
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 273 del 01 de diciembre de 1981
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.- Se aclara el inciso a) del N°. T del artículo V de la Ley de Aranceles Consulares, en lo que se refiere a Embarques, Manifiestos, Legalizaciones, etc., contenido en el Decreto N°. 351 del 24 de marzo de 1980, publicado en el Diario Oficial, La Gaceta N°. 75, del 28 de marzo de 1980. Dicho inciso a) deberá leerse así:
"a) Embarques Marítimos, Aéreos y Paquetes Postales Aéreos
VALOR CIF EMBARQUES DE:
Us$50.00a500.00US$ 20.00 p/j
US$501.00a1,000.00US$ 25.00 p/i
US$1,001.00a 10,000.00US$ 35.00 p/j
US$10,001.00a 100,000.00US$ 50.00 p/j
formas de US$ 100,000.00 cada US$ 100,000.00 o fracción US$ 50.00.
Se incluye en la tarifa anterior el conocimiento de embarque, facturas comerciales y copias extras si se requieren.
Embarques de Paquetes Postales regulares valorados en más de US$ 10,000.00 US$ 35.00".
Dado en la ciudad de Managua, a los nueve días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y uno. "Año de la Defensa y la Producción".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. Sergio Ramírez Mercado. Daniel Ortega Saavedra. Rafael Córdoba Rivas.
El Consejo de Estado de la República de Nicaragua, en Sesión Ordinaria No. 26 del 18 de noviembre de 1981, previo debate ha votado y aprobado el anterior Decreto.
Dado en la ciudad de Managua, a los dieciocho días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y uno. "Año de la Defensa y la Producción". Carlos Núñez Téllez, Presidente del Consejo de Estado. Rafael Solís Cerda, Secretario del Consejo de Estado.
De conformidad con el Decreto No. 418, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 122 del 31 de mayo de 1980, de la Junta de Gobierno de RECONSTRUCCIÓN Nacional. Publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, a los veintiséis días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y uno. "Año de la Defensa y la Producción". Rodrigo Reyes P., Ministro Secretario por la Ley de la Junta de Gobierno de RECONSTRUCCIÓN Nacional.