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Sin Vigencia
ADSCRIPCIÓN DE PETRONIC A INMINEH
DECRETO-LEY N°. 618, aprobado el 26 de noviembre de 1980
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 12 del 17 enero de 1981
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
en uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.-La Empresa Nicaragüense del Petróleo (PETRONIC) creada por Decreto No. 135 del 31 de octubre de 1979, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 48 del 3 de noviembre del mismo año que reforma los Artos. 5 y 9 de la Ley del Ministerio de Comercio Exterior del 19 de Septiembre de 1979, por ministerio de la Ley se adscribe al Instituto Nicaragüense de Minas e Hidrocarburos (INMINEH), conservando sus funciones, atribuciones y facultades estipuladas en el Decreto de creación y sus reformas contenidas en el Decreto No. 271 del 31 de enero de 1980.
Artículo 2.-La Empresa Nicaragüense del Petróleo (PETRONIC) entidad con personalidad jurídica, patrimonio propio y plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, se regirá en lo sucesivo por las disposiciones que emanen del Instituto Nicaragüense de Minas e Hidrocarburos (INMINEH), y por los reglamentos que dicho Instituto emitiere.
Artículo 3.-La presente Ley deroga cualquier disposición que se le oponga, y entrará en vigencia hoy desde el momento de su publicación por cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su publicación posterior en "La Gaceta Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los veintiséis días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta. "Año de la Alfabetización".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL. Sergio Ramírez Mercado. Moisés Hassan Morales. Daniel Ortega Saavedra. Arturo J. Cruz. Rafael Córdova Rivas.