Los artículos siguientes del presente Reglamento se enumerarán en forma sucesiva a partir del artículo 18.
Esta norma pierde su vigencia por Objeto Cumplido y es incorporada en su totalidad en el texto consolidado del Decreto N°. 63-99, Reglamento de la Ley N°. 260, Ley Orgánica del Poder Judicial de la República de Nicaragua, aprobado el 14 de mayo de 1999, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 104 del 2 de junio de 1999. El texto consolidado que será publicado en la Ley N°. 1075, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Administrativa, aprobada el 10 de junio de 2021, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 170 del 21 de septiembre de 2023. |