Quedan en vigencia las Leyes relacionadas con lo que es objeto de esta ley, promulgadas el 5 de septiembre de 1908, el 27 de agosto de 1941, el 28 de agosto de 1941, el 21 de agosto de 1957, el 24 del mismo mes y año y sus Reformas, y el 25 de septiembre de 1958.
Esta Norma manda a derogar las Leyes que hagan referencia a la materia contemplada en esta ley y promulgadas en 1873, el 24 de agosto de 1917, el 29 del mismo mes y año, el 2 de agosto de 1929, el 8 de noviembre de 1939, el 12 de junio de 1943, el 16 de junio de 1943 y el 27 de noviembre de 1968, pero no se encuentran normas relacionadas en esos años. |