La no vigencia de esta norma jurídica se establece mediante la Ley N°. 1045, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia del Sector Energético y Minero, aprobada el 11 de noviembre de 2020, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 130 del 14 de julio de 2021, fue incorporada al Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico.
Este código fue promulgado el 19 de Marzo de 1906 y que empezó a regir el 1 de Abril de ese mismo año y las leyes conexas. En todos los casos en que el presente Código no determina una tramitación especial para los asuntos de minería, se regirán estos por el derecho común.- El Presidente de la República queda facultado para dictar los Reglamentos que sean necesarios para facilitar la ejecución de las disposiciones de este Código. |