LEGISLACIÓN RELACIONADA
Título:Ley Orgánica de Seguridad Social. (Enlace al Texto)-->Normas Jurídicas en la Web
Categoría Normativa:Decretos Legislativos
Número:161
Gaceta No.:1
Fecha Publicación:01/02/1956. Otras Fechas:
Derogada Totalmente: Por el Decreto-Ley N°. 974.

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Reformada por
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Ley N°. 103, Reforma a Arto. 70 de la Ley Orgánica de Seguridad Social.

Decreto Legislativo N°. 289, Los Organismos de Seguridad Social Gozarán de Exenciones.

Decreto Legislativo N°. 1141, Reformas a la Ley Orgánica de Seguridad Social del 22 de Diciembre de 1955.

Decreto Ejecutivo N°. 3, Reformas a la Ley Orgánica de Seguridad Social.

Decreto Ejecutivo N°. 2, Reformas a Varios Artículos de Ley Orgánica de Seguridad Social.

Decreto Ejecutivo N°. 17, Reformas a Ley Orgánica de Seguridad Social..

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Normas Complementarias
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Decreto Legislativo N°. 106, Ley Creadora de Ministerios de Estado y otras Dependencias del Poder Ejecutivo.

Decreto Ejecutivo N°. 5, Ley Reguladora de la Junta Nacional de Asistencia Social y Organismos Dependientes.

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Normas Relacionadas
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Ley N°. 1090, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Bienestar y Seguridad Social.

Decreto Legislativo N°. 789, El Seguro Social Amplia sus Campos de Seguro y Beneficios para Afiliados.

Decreto-Ley N°. 35, Ley del Sistema Nacional de Salud.

Decreto Ejecutivo N°. 111, Extiéndese Prestaciones del Seguro Social a Ciudad de León.

Decreto Ejecutivo, El 27 de Septiembre Comenzará la Cobranza Sobre Cotizaciones para Riesgos Profesionales.

Decreto Ejecutivo N°. 2, Reglamento de Elección, Cese y Reemplazo de los miembros del Consejo Directivo de la Junta Nacional de Asistencia y Previsión Social que representan a los médicos, a los patronos y a los trabajadores.

Acuerdo Ejecutivo, Reglamento del Almacén de la Junta Nacional de Asistencia y Previsión Social.

Reglamento N°. 24, Reglamento Financiero del Instituto Nacional de Seguridad Social de Nicaragua.

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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:
Disposiciones del Inc. 4 reformado del Arto. 17 del Decreto-Ley, Ley General de Instituciones Bancarias.

Inc. 6 del Arto. 42 del Decreto-Ley, Ley Orgánica del Banco Nacional de Nicaragua.

Inc. 5 del Arto. 90 del Decreto Legislativo, Ley del Banco Hipotecario de Nicaragua.

Párrafo Segundo del Arto. 25 del Decreto-Ley, Ley Orgánica de la Caja Nacional de Crédito Popular.

Parte Final del Arto. 54 del Decreto Legislativo N°. 11, Ley Creadora del Instituto de Fomento Nacional.

Decreto Ejecutivo N°. 7, (Se Autoriza al Banco Nacional de Nicaragua para que Destine los Fondos y Poner en Vigor el Reglamento de Administración del Fondo de Pensiones y Ahorros de los Empleados).

Acuerdo Ejecutivo N°. 2, Reglamento de Jubilaciones, Pensiones y Subsidios de Empleados y Obreros Permanentes Ferroviarios.
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Reformas:
Decreto Legislativo N°. 85, (Refórmanse Unos Artículos del Código del Trabajo).
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Adiciones:

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Suspensiones:
Las Disposiciones de los Artos. 15, Ordinal 3, 92, 93, 97, 98, 99 y 129 del Código del Trabajo.

Las letras j) y n) del Arto. 2, del Decreto Legislativo N°. 85, (Refórmanse Unos Artículos del Código del Trabajo).
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Observaciones:
La no vigencia de esta norma jurídica se establece mediante la Ley N°. 1090, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Bienestar y Seguridad Social, aprobada el 26 de octubre de 2021, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 34 del 22 de febrero del 2022, fue incorporada al Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico.




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