LEGISLACIÓN RELACIONADA
Título:Los Organismos de Seguridad Social Gozarán de Exenciones. (Enlace al Texto)-->Normas Jurídicas en la Web
Categoría Normativa:Decretos Legislativos
Número:289
Gaceta No.:1
Fecha Publicación:01/02/1958. Otras Fechas:
Derogada Totalmente: Por la Ley N°. 1090, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Bienestar y Seguridad Social.

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Reformada por
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Normas Complementarias
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Normas Relacionadas
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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:

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Reformas:
Al Decreto Legislativo N°. 161, Ley Orgánica de Seguridad Social.
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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
La no vigencia de esta norma jurídica se establece mediante la Ley N°. 1090, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Bienestar y Seguridad Social, aprobada el 26 de octubre de 2021, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 34 del 22 de febrero del 2022, fue incorporada al Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico.

Esta Ley se publicó nuevamente en La Gaceta, Diario Oficial N°. 108 del 17-05-1958, pág. 100.




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