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Legislación de Nicaragua
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Título:Reformas a Decretos y Disposiciones Sobre Expendio de Alcoholes, Licores y Patentes de Aguardientes. (Enlace al Texto)-->Texto Normativa
Categoría Normativa:Decretos Legislativos
Número:567
Gaceta No.:58
Fecha Publicación:03/09/1961. Otras Fechas:
Derogada Totalmente: Por la Ley N°. 1097, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Empresa, Industria y Comercio.

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Reformada por
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Fe de Errata
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Normas Complementarias
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Normas Relacionadas
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Ley N°. 282, Aguardiente Destilado Sujeto a Impuesto Fiscal de C$ 5.00 por Litro.

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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:
Los Artículos 7,9,10,12-16 y 19 del Decreto Legislativo N°. 362, Ley Referente a la Destilación y Venta de Aguardiente y Alcoholes.

Inciso 6 del ordinal p del Artículo 7 del Decreto Legislativo N°. 55, Ley de Papel Sellado y Timbres.

Ordinal 4) y 7) del Arto. 7 del Decreto Legislativo N°. 506, Créase el Patronato Nacional de Reos con Domicilio en la Ciudad de Managua y los Patronatos Departamentales de Reos de la República.

Inciso a) y b) del Arto. 1 del Decreto Legislativo N°. 20, (Créase Impuestos por Destilación y Venta de Alcoholes , Aguardiente y Licores).

Ordinal a) y b) del Arto. 1 del Decreto Legislativo N°. 40, Decrétase un Impuesto sobre el Aguardiente y los Cigarrillos.

Ordinal a) y b) del Arto. 1 del Decreto Legislativo N°. 80, (Creáse un Impuesto al Alcohol, Aguardiente, Licores, Cigarrillos y Cervezas para Ayudar a las Municipalidades y Particulares interesados).
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Reformas:
Artículo 2 , 3 , 8, 11 del Decreto Legislativo N°. 362, Ley Referente a la Destilación y Venta de Aguardiente y Alcoholes.
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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
La no vigencia de esta norma jurídica se establece mediante la Ley N°. 1097, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Empresa, Industria y Comercio, aprobada el 25 de noviembre de 2021, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 137 del 26 de julio del 2022, fue incorporada al Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico.



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