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Legislación Relacionada
Título:No se Extiende al Sistema Financiero Nacional la Prohibición Consignada en el Arto. 3 del Decreto 632. (Enlace al Texto)-->NormasWeb
Categoría Normativa:Decretos - Ley
Número:1430
Gaceta No.:83
Fecha Publicación:04/27/1984. Otras Fechas:
Derogada Totalmente: Por la Ley N°. 974, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Banca y Finanzas.

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Reformada por
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Fe de Errata
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Normas Complementarias
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La Prohibición Consignada en el Arto No. 3, del Decreto No. 632, Competencia del Ministerio de Bienestar Social Sobre Rifas, Sorteos y Loterias (Indice Relacionado), no se extiende a las Instituciones del Sistema Financiero Nacional, las cuales a través de sus oficinas principales, sucursales y agencias, podrán promover rifas y sorteos así como distribuir los correspondientes premios en efectivo o en especies entre sus ahorrantes, con tal que éstos sean únicamente personas naturales, y todo con el propósito de procurar una mayor captación del ahorro en el Sistema Financiero Nacional.

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Normas Relacionadas
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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:

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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
Facúltase al Banco Central de Nicaragua para reglamentar las disposiciones de la presente Ley.



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