No obstante la apertura de los juzgados y tribunales judiciales de la República, quedan en vigor la Ley, (Adición al Decreto Sobre Contribución Forzosa) () y Decreto Legislativo, (Se Reforma la Parte Final del Arto. 2 del Decreto Referente a la Contribución Forzosa) (), referente a la contribución forzosa de guerra y al procedimiento para conseguir el pago de los morosos.
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