Durante el plazo adicional de seis meses, contados desde el 23 del mes en curso hasta el 23 de septiembre de 1914, los billetes del Tesoro Nacional y la antigua moneda de níquel de Nicaragua seguirán siendo cambiados por córdobas al tipo de 1.250 pesos por cada cien córdobas y recibidos en pago de derechos aduaneros y fiscales al mismo tipo.- |