Ratificar la resolución dictada por el Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua del día catorce de Febrero del año mil novecientos ochenta y ocho, identificada con el número CD-BCN-V-II-1-88, mediante la cual se ponen en circulación billetes Córdobas; y monedas de las siguientes denominaciones: Un Mil, Quinientos, Cien, Cincuenta, Veinte y Diez Córdobas, y monedas de Uno y Cinco Córdobas; y Cincuenta, Veinticinco, Diez y Cinco Centavos de Córdoba. La descripción y demás características se encuentran contenidas en la resolución del Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua que se ratifica mediante este Decreto. |