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Legislación de Nicaragua
Legislación Relacionada
Título:Acuñación Monedas de C$ 5.00 Córdobas. (Enlace al Texto)-->NormasWeb
Categoría Normativa:Decretos Ejecutivos
Número:319
Gaceta No.:49
Fecha Publicación:02/27/1980. Otras Fechas:
Derogada Totalmente: Por la Ley N°. 974, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Banca y Finanzas (Indice Relacionado).

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Reformada por
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Fe de Errata
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Normas Complementarias
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Normas Relacionadas
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Decreto Ejecutivo No. 350, Reforma al Decreto No. 319 de 22/II/80 Gaceta No. 49 DE 27 / II / 80 (Indice Relacionado).

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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:

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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
La no vigencia de esta norma jurídica se establece mediante la Ley N°. 974 Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Banca y Finanzas , aprobada el 10 de mayo de 2018, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 164 del 27 de agosto de 2018, fue incorporada al Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico.

Apruébase la Resolución CD-BCN-II-B-80 del Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua, tomada en su Sesión Ordinaria del 30 de enero de 1980, en la cual se autorizó a la Administración de esa Institución para contratar con la casa Royal Mint de Londres, Inglaterra, la acuñación de Diez Millones (10,000,000.00) de monedas con valor facial de Cinco Córdobas(C$ 5.00) cada una, o sea un valor total de Cincuenta Millones de Córdobas (C$ 50,000,000.00)



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