"Acuerdo para el Establecimiento del Instituto Global para el Crecimiento Verde"

Pais de Suscripción: Brasil
Lugar de Suscripción: Río de Janeiro
Fecha de Suscripción: 06/20/2012
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
Tipo de Documento: Adhesión
Resumen: Enlace a Legislación Relacionada

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Aprobación
Ratificación
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No. Gaceta: 128
Fecha Publicación: 07/12/2021
(Texto Aprobación)

DECRETO DE APROBACIÓN DE LA ADHESIÓN AL ACUERDO DE ESTABLECIMIENTO DEL INSTITUTO GLOBAL PARA EL CRECIMIENTO VERDE

DECRETO A.N. N°. 8755, aprobado el 06 de julio de 2021

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 128 del 12 de julio de 2021

LA ASAMBLEA NACIONAL
DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que la Constitución Política de la República de Nicaragua en el artículo 60, párrafo 3 establece que “Debemos proteger y restaurar la integridad de los ecosistemas, con especial preocupación por la diversidad biológica y por todos los procesos naturales que sustentan la vida”.

II

Que se reconoce que la integración del crecimiento económico y la sustentabilidad ambiental es esencial para el futuro: la Tierra forma con la humanidad una identidad compleja; es viva y se comporta como único sistema autorregulado formado por componentes físicos, químicos, biológicos y humanos que la hacen propicia a la producción y reproducción de la vida y que, por eso, es nuestra tierra y nuestro hogar común.

III

Que se reconoce la necesidad de desarrollar y difundir un nuevo modelo crecimiento verde que simultáneamente apunte hacia el desempeño económico y la sustentabilidad ambiental con el fin de apoyar el tránsito del paradigma global hacia una economía sustentable;

IV

Que es necesario para Nicaragua reforzar su marco jurídico y generar capacidades técnicas y tecnológicas, así como, identificar aspectos claves del desempeño económico y la resiliencia, reducción de la pobreza, la creación de empleo y la inclusión social, y aquellos de la sustentabilidad ambiental tales como la mitigación y adaptación del cambio climático, la protección de la biodiversidad, asegurando el acceso asequible a energía limpia, agua potable y tierra.

V

Que la Ley N°. 217, Ley General del Medio Ambiente y Recursos Naturales en el artículo 72, estable que “es deber del Estado y de todos sus habitantes velar por la conservación y aprovechamiento de la diversidad biológica y del patrimonio genético nacional, de acuerdo a los principios y normas consignados en la legislación nacional, en los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por Nicaragua”.

POR TANTO

En uso de sus facultades,

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO A.N. N°. 8755

DECRETO DE APROBACIÓN DE LA ADHESIÓN AL ACUERDO DE ESTABLECIMIENTO DEL INSTITUTO GLOBAL PARA EL CRECIMIENTO VERDE

Artículo 1. Apruébese la Adhesión al “Acuerdo de Establecimiento del Instituto Global para el Crecimiento Verde” suscrito en Río de Janeiro, a los veinte días del mes de junio del año dos mil once.

Artículo 2. Expídase el correspondiente instrumento de adhesión para su depósito ante el Director General del Secretariado del Instituto Global para el Crecimiento Verde “GGGI”.

Artículo 3. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional en la ciudad de Managua, a los seis días del mes de julio del año dos mil veintiuno, Dip. Loria Raquel Dixon Brautigam, Primera Secretaria de la Asamblea Nacional.



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No. Gaceta:104
Fecha Publicación:06/08/2021

Decreto Presidencial N°. 11-2021, De Adhesión al "Acuerdo para el establecimiento del Instituto global para el crecimiento verde”.
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Asamblea Nacional de Nicaragua