"Convención Interamericana sobre el Derecho de Autor en Obras Literarias, Científicas y Artísticas"

Pais de Suscripción: Estados Unidos
Lugar de Suscripción: Washington D.C.
Fecha de Suscripción: 06/22/1946
Materia: Cultura
Tipo de Documento: Convención
Resumen:

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Texto Instrumento
Aprobación
Ratificación
Otro
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URL:
(Texto Aprobación)

APROBAR LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE EL DERECHO DE AUTOR EN OBRAS LITERARIAS, CIENTÍFICAS Y ARTÍSTICAS

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 63 del 23 de marzo de 1950.

Por Cuanto:

El día tres de agosto de 1946, se dictó el siguiente Acuerdo:

Número 2

El Presidente de la República,

ACUERDA:


Primero:- Aprobar la “Convención Interamericana sobre el Derecho de Autor en Obras Literarias, Científicas y Artísticas”, suscrita por el Plenipotenciario de Nicaragua, Doctor Guillermo Sevilla Sacasa, en la Conferencia Interamericana de Expertos para la Protección de los Derechos de Autor, celebrada en la Ciudad de Washington del 1º. al 22 de Junio de 1946.

Segundo:- Someter esa Convención a la aprobación del Honorable Congreso Nacional.

Comuníquese:-Casa Presidencial, Managua, D. N., tres de Agosto de mil novecientos cuarenta y nueve.- V. M. ROMAN. - El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores por la ley.- Oscar Sevilla Sacasa”.


Por Cuanto:

El día 15 de noviembre de 1949, se emitió la siguiente ley:

El Presidente de la República a sus habitantes:

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

Resolución N°. 24

La Cámara de Diputados y la del Senado de la República de Nicaragua

Resuelven:


Unico:- Aprobar la “Convención Internacional sobre el Derecho de Autor en Obras Literarias, Científicas y Artísticas”, suscrita por el Plenipotenciario de Nicaragua en la ciudad de Washington el 22 de Junio de 1946, así como el Acuerdo Ejecutivo No. 2 del 3 de Agosto de 1949 que le da su aprobación.

Esta resolución deberá publicarse en “La Gaceta”, Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.

Managua, D. N., 27 de Octubre de 1949.(f) Alejandro Argüello Montiel, D. P.(f) A. Montenegro, D. S.(f) Vicente F. Pérez, D. P.

Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado, Managua, D. N., 8 de Noviembre de 1949.(f) José María Zelaya, S.P.(f) Salvador Castillo, S. S.(f) P. J. Bustamante, S. S.

Por Tanto: Ejecútese.-Casa Presidencial.-Managua, D. N., 15 de Noviembre de 1949. (f) V. M. ROMAN. (L.G.S.N.)

El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores. (f) Oscar Sevilla Sacasa (L.S.)





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Fuente:
No. Gaceta: 63
Fecha Publicación: 03/23/1950
(Texto Ratificación)

SE RATIFICA LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE EL DERECHO DE AUTOR EN OBRAS LITERARIAS, CIENTÍFICAS Y ARTÍSTICAS

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 63 del 23 de marzo de 1950.

Por Cuanto:

El día 15 de noviembre de 1949, se emitió el siguiente Decreto:

Número 1

El Presidente de la República

DECRETA:


Primero:- Se ratifican y confirman todos los Artículos de que consta la “ Convención Interamericana sobre el Derecho de Autor en Obras Literarias, Científicas y Artísticas”, suscrita en la ciudad de Washington el 22 de Junio de 1946 por el Plenipotenciario del Gobierno de Nicaragua, Doctor Guillermo Sevilla Sacasa, en la Conferencia Interamericana de Expertos para la protección de los Derechos de Autor, celebrada en dicha ciudad, del 1º. Al 22 de Junio de 1946.

Segundo:- Expídase el correspondiente Instrumento de Ratificación para ser depositado en la Unión Panamericana.

Comuníquese.- Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, quince de Noviembre de mil novecientos cuarenta y nueve (f) V. M. ROMAN.- El Ministro del Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores. (f)- Oscar Sevilla Sacasa,


Por Tanto:

Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por Mí, sellado con el Gran Sello Nacional y refrendado por el Señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, para ser depositado en la Unión Panamericana.

Dado en la ciudad de Managua, Distrito Nacional, Casa Presidencial, el día veintitrés de febrero de mil novecientos cincuenta.- V. M. ROMAN. (L.G.S.N.).El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores.-Oscar Sevilla Sacasa



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