RATIFICAR LA CONVENCIÓN Y PROTOCOLO PARA LA PROTECCIÓN DE BIENES CULTURALES EN CASO DE CONFLICTO ARMADO
Aprobado el 23 de abril de 1959
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 257 del 12 de noviembre de 1959
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
POR CUANTO:
El día veinte de Agosto de mil novecientos cincuenta y nueve, se dicto el siguiente Decreto:
N°. 12
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
DECRETA:
Primero: Ratificar la Convención y el Protocolo para la Protección de Bienes Culturales en Caso de Conflicto Armado, suscrito en La Haya, el 14 de Mayo de 1954.
Segundo: Expídase el correspondiente Instrumento de Ratificación para su depósito ante el Director General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, de conformidad con el artículo 31, inciso 2. de la mencionada Convención.
Comuníquese: Casa Presidencial.- Managua, Distrito Nacional, veinte Agosto de mil novecientos cincuenta y nueve.- LUIS A. SOMOZA D.- El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, por la Ley, IGNACIO ROMÁN PACHECO.
POR TANTO:
Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por Mí, sellado con el Gran Sello Nacional y refrendado por el Señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, para ser depositado ante el Director General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura.
Dado en Casa Presidencial.- Managua, Distrito Nacional, a los veintiocho días des mes de Septiembre de mil novecientos cincuenta y nueve.- LUIS A. SOMOZA D.