"C063- Convenio sobre estadísticas de salarios y horas de trabajo, 1938 (núm.63)"

Pais de Suscripción: Suiza
Lugar de Suscripción: Ginebra
Fecha de Suscripción: 06/20/1938
Materia: Laboral
Tipo de Documento: Convenio
Resumen: Título conforme la Ley N°. 1027, Ley del Digesto jurídico nicaragüense de la materia laboral, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 200 del 29 de octubre de 2020. Relacionado con el Instrumento internacional titulado: Convenios Adoptados en las Conferencias de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Para ampliar información ver Instrumentos relacionados. Enlace a Legislación Relacionada

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No. Gaceta: 139
Fecha Publicación: 06/23/1967
(Texto Aprobación)

APRUÉBANSE CONVENIOS ADOPTADOS POR ORGANIZACIÓN
INTERNACIONAL DEL TRABAJO

ACUERDO N°. 5, aprobado el 26 de mayo de 1967

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 139 del 23 de junio de 1967

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

Acuerda:

Primero: Aprobar los siguientes Convenios adoptados por la Organización Internacional del Trabajo en la ciudad de Ginebra:

N°.32 Convenio relativo a la protección contra los accidentes de los trabajadores empleados en la carga y descarga de los buques (Revisado en 1932).

N°.35 Convenio relativo al seguro obligatorio de vejez de los asalariados en las empresas industriales y comerciales, en las profesiones liberales, en el trabajo a domicilio y en el servicio doméstico.

N°.36 Convenio relativo al seguro obligatorio de vejez de los asalariados en las empresas agrícolas.

N°.37 Convenio relativo al seguro obligatorio de invalidez de los asalariados en las empresas industriales y comerciales, en las profesiones liberales, en el trabajo a domicilio y en el servicio doméstico.

N°.38 Convenio relativo al seguro obligatorio de invalidez de los asalariados en las empresas agrícolas.

N°.39 Convenio relativo al seguro obligatorio de muerte de los asalariados en las empresas industriales y comerciales, en las profesiones liberales, en el trabajo a domicilio y en el servicio doméstico.

N°.40 Convenio relativo al seguro obligatorio de muerte de los asalariados en las empresas agrícolas.

N°.43 Convenio relativo a las horas de trabajo en la fabricación automática de vidrio plano.

N°.44 Convenio por el que se garantizan indemnizaciones o subsidios a los desempleados involuntarios.

N°.45 Convenio relativo al empleo de las mujeres en los trabajos subterráneos de toda clase de minas.

N°.46 Convenio por el que se limitan las horas de trabajo en las minas de carbón. (Revisado en 1935).

N°.47 Convenio relativo a la reducción de las horas de trabajo a cuarenta por semana.

N°.48 Convenio relativo a la organización de un régimen internacional para la conservación de los derechos del seguro de invalidez, vejez y muerte.

N°.49 Convenio relativo a la reducción de las horas de trabajo en las fábricas de botellas.

N°.50 Convenio relativo a la reglamentación de ciertos sistemas especiales de reclutamiento de trabajadores.

N°.51 Convenio relativo a la reducción de las horas de trabajo en las obras públicas.

N°.52 Convenio relativo a las vacaciones anuales pagadas.

N°.53 Convenio relativo al mínimun de capacidad profesional de los capitanes y oficiales de la marina mercante.

N°.55 Convenio relativo a las obligaciones del armador en caso de enfermedad accidente o muerte de la gente de mar.

N°.56 Convenio relativo al seguro de enfermedad de la gente de mar.

N°.57 Convenio relativo a las horas de trabajo a bordo y a la dotación.

N°.58 Convenio por el que se fija la edad mínima de admisión de los niños en el trabajo marítimo (Revisado en 1936).

N°.59 Convenio por el que se fija la edad de admisión de los niños a los trabajos industriales (Revisado en 1937).

N°.60 Convenio relativo a la edad de admisión de los niños a los trabajos no industriales (Revisado en 1937).

N°.62 Convenio relativo a las prescripciones de seguridad en la industria de la edificación.

N°.63 Convenio relativo a las estadísticas de salarios y horas de trabajo en las industrias principales mineras y manufactureras, en la edificación y la construcción y en la agricultura.

N°.64 Convenio relativo a la reglamentación de los contratos escritos de trabajo de los trabajadores indígenas.

N°.65 Convenio relativo a las sanciones penales contra los trabajadores indígenas por incumplimiento del contrato de trabajo.

N°.67 Convenio relativo a las horas de trabajo y al descanso en el transporte por carretera.

N°.68 Convenio relativo a la alimentación y al servicio de fonda a bordo de los buques.

N°.69 Convenio relativo al certificado de aptitud de los cocineros de buque.

N°.70 Convenio relativo a la seguridad social de la gente de mar.

N°.71 Convenio relativo a las pensiones de la gente de mar.

N°.73 Convenio relativo al examen médico de la gente de mar.

N°.74 Convenio relativo al certificado de marinero preferente.

N°.76 Convenio relativo a los salarios, las horas de trabajo a bordo y la dotación.

N°.77 Convenio relativo al examen médico de aptitud para el empleo de los menores en la industria.

N°.78 Convenio relativo al examen médico de aptitud para el empleo de los menores en trabajos no industriales.

N°.79 Convenio relativo a la limitación del trabajo nocturno de los menores en trabajos no industriales.

N°.80 Convenio por el que se revisan parcialmente los convenios adoptados por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo, en sus veintiocho primeras reuniones, a fin de reglamentar el ejercicio futuro de ciertas funciones de cancillería, confiadas por dichos convenios al Secretario General de la Sociedad de las Naciones, y de introducir las enmiendas complementarias, requeridas por la disolución de la Sociedad de las Naciones y por la enmienda a la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo.

N°.81 Convenio relativo a la inspección del trabajo en la industria y el comercio.

N°.82 Convenio relativo a la política social en los territorios no metropolitanos.

N°.83 Convenio relativo a la aplicación de normas internacionales de trabajo en los territorios no metropolitanos.

N°.84 Convenio relativo al derecho de asociación y a la solución de los conflictos del trabajo en los territorios no metropolitanos.

N°.85 Convenio relativo a la inspección del trabajo en los territorios no metropolitanos.

N°.86 Convenio relativo a la duración máxima de los contratos de trabajo de los trabajadores indígenas.

N°.87 Convenio relativo a la libertad sindical y a la protección del derecho de sindicación.

N°. 88 Convenio relativo a la organización del servicio del empleo.

N°.89 Convenio relativo al trabajo nocturno de las mujeres empleadas en la industria (Revisado en 1948).

N°.90 Convenio relativo al trabajo nocturno de los menores en la industria (Revisado en 1948).

N°.91 Convenio relativo a las vacaciones pagadas de la gente de mar (Revisado en 1949).

N°.92 Convenio relativo al alojamiento de la tripulación a bordo (Revisado en 1949).

N°.94 Convenio relativo a las cláusulas de trabajo en los contratos celebrados por las autoridades públicas.

N°.95 Convenio relativo a la protección del salario.

N°.96 Convenio relativo a las agencias retribuidas de colocación (Revisado en 1949).

N°.97 Convenio relativo a los trabajadores migrantes (Revisado en 1949).

N°.98 Convenio relativo a la aplicación de los principios del derecho de sindicación y de negociación colectiva.

N°. 99 Convenio relativo a los métodos para la fijación de salarios mínimos en la agricultura.

N°.100 Convenio relativo a la igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor.

N°.101 Convenio relativo a las vacaciones pagadas en la agricultura.

N°.102 Convenio relativo a la norma mínima de la seguridad social.

N°.103 Convenio relativo a la protección de la maternidad (Revisado, 1952).

N°.104 Convenio relativo a la abolición de las sanciones penales por incumplimiento del contrato de trabajo par parte de los trabajadores indígenas.

N°.105 Convenio relativo a la abolición del trabajo forzoso.

N°.106 Convenio relativo al descanso semanal en el comercio y en las oficinas.

N°.107 Convenio relativo a la protección e integración de las poblaciones indígenas y de otras poblaciones tribuales y semi-tribuales en los países independientes.

N°.108 Convenio relativo a los documentos nacionales de identidad de la gente de mar.

N°.109 Convenio relativo a salarios, horas de trabajo a borda y dotación (Revisado en 1958).

N°.110 Convenio relativo a las condiciones de empleo de los trabajadores de las plantaciones.

N°.111 Convenio relativo a la discriminación en materia de empleo y ocupación.

N°.112 Convenio relativa a la edad mínima de admisión al trabajo de los pescadores.

N°.113 Convenio relativo al examen médico de los pescadores.

N°.114 Convenio relativo al contrato de enrolamiento de los pescadores.

N°.115 Convenio relativo a la protección de los trabajadores contra las radiaciones ionizantes.

N°.116 Convenio por el que se revisan parcialmente los convenios adoptados por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo en sus treinta y dos primeras reuniones, a fin de uniformar las disposiciones a la preparación por parte del Consejo de Administración de la Oficina Internacional del Trabajo, de las memorias sobre la aplicación de convenios.

N°.117 Convenio relativo a las normas y objetivos básicos de la política social.

N°.118 Convenio relativo a la igualdad de trato de nacionales y extranjeros en materia de seguridad social.

N°.119 Convenio relativo a la protección de la maquinaria.

N°.120 Convenio relativo a la higiene en el comercio y en las oficinas.

N°.121 Convenio relativo a las prestaciones en caso de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

N°.122 Convenio relativo a la política del empleo.

N°.123 Convenio relativo a la edad mínima de admisión al trabajo subterráneo en las minas.

N°.124 Convenio relativa al examen médico de aptitud de los menores para el empleo en trabajos subterráneos en las minas.

N°.125 Convenio relativa a los certificados de competencia de pescadores.

N°.126 Convenio relativo al alojamiento a bordo de los barcos pesqueros.

Segundo: Someter dichos Convenios a la aprobación del Honorable Congreso Nacional.

Comuníquese. - Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, veintiséis de mayo de mil novecientos sesenta y siete. “Año Rubén Darío”. – A. SOMOZA D. EL Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores. - Lorenzo Guerrero.




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Fuente:
No. Gaceta: 111
Fecha Publicación: 05/23/1981
(Texto Ratificación)

RATIFICACIÓN DE CONVENIOS DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT)

DECRETO N°. 729 de 19 de mayo de 1981

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 111 del 23 de mayo de 1981

LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Considerando:

Que siendo miembro de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) la República de Nicaragua, y ciñéndose a la Constitución del mencionado organismo internacional, corresponde al Gobierno de Reconstrucción Nacional ratificar en interés de los trabajadores del país los Convenios aprobados en distintas reuniones de la misma,
POR TANTO:

En uso de sus facultades,

Decreta:

Artículo 1.-Ratificar los siguientes Convenios:

a) N°.63, aprobado en 24ava. reunión (1938):Estadísticas de salarios y horas de trabajo en las industrias principales mineras y manufactureras, en la edificación y la construcción y en la agricultura;

b) N°.88, aprobado en la 31ava. reunión (1948): Organización del servicio de empleo;

c) N°.110, aprobado en la 42ava. reunión (1958): Condiciones de empleo de los trabajadores de las plantaciones;

d) N°.115, aprobado en la 44ava. reunión (1960): Protección de los trabajadores contra las radiaciones ionizantes;

e) N°.117, aprobado en la 46ava. reunión (1962): Normas y objetivos básicos, de la política social;

f) N°.119, aprobado en la 47ava. reunión (1963): Protección de la maquinaria;

g) N°.122, aprobado en la 48ava. reunión (1964): Política del empleo;

h) N°.135, aprobado en la 56ava. reunión (1971): Protección y facilidades que deben otorgarse a los representantes de los trabajadores de la empresa;

i) N°.136, aprobado en la 56ava. reunión (1971): Protección contra los riesgos de intoxicación por el Benceno;

j) N°.137, aprobado en la 58ava. reunión (1973): Repercusiones sociales de los nuevos métodos de manipulación de cargas en los Puertos;

k) N°.138, aprobado en la 58ava. reunión (1973): Edad mínima de admisión al empleo;

1) N°.139, aprobado en la 59ava. reunión (1974): Prevención y control de los riesgos profesionales causados por las substancias o agentes cancerígenos;

m) N°.140, aprobado en la 59ava. reunión (1974): Licencia pagada de estudios;

n) N°.141, aprobado en la 60ava. reunión (1975): Organizaciones de trabajadores rurales y su función en el desarrollo económico y social;

o) N°.144, aprobado en la 61ava. reunión (1976): Consultas tripartitas para promover la aplicación de las normas internacionales del trabajo;

p) N°.146, aprobado en la 62ava. reunión (1976): Vacaciones anuales pagadas de la gente de mar.

Artículo 2.-Autorizar al Ministro del Exterior para expedir la respectiva nota o instrumento de ratificación.

Artículo 3.-El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los diecinueve días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y uno. "Año de la Defensa y la Producción".

JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. Sergio Ramírez Mercado. Daniel Ortega Saavedra. Rafael Córdova Rivas.




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No. Gaceta:228
Fecha Publicación:10/07/67

Acuerdo N°. 5 Apruébanse algunos Convenios adoptados por la Organización Internacional de Trabajo (Normas Jurídicas en la Web).
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Asamblea Nacional de Nicaragua