"Convención sobre canje de publicaciones oficiales, científicas, literarias e industriales"

Pais de Suscripción: México
Lugar de Suscripción: Ciudad de México
Fecha de Suscripción: 01/27/1902
Materia: Cultura
Tipo de Documento: Convención
Resumen: El título del Instrumento, se ajustó conforme a su publicación en Anexo II "Registro de Instrumentos Internacionales", Ley N°. 1032, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Cultura, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 232 del 16 de diciembre de 2020. Enlace a Legislación Relacionada.

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Texto Instrumento
Aprobación
Ratificación
Otro
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No. Gaceta: 2258
Fecha Publicación: 06/26/1904
(Texto Aprobación)

APROBACIÓN DE LA CONVECCIÓN SOBRE CANJE DE PUBLICACIONES OFICIALES, CIENTÍFICAS, LITERALES E INDUSTRIALES

Aprobado el 20 de junio de 1904

Publicado en Diario Oficial N°. 2258 del 26 de junio 1904


El Presidente de la República

decreta:


Artículo 1°. - Aprobar la Convención sobre canje de publicaciones oficiales, científicas y literarias suscrita en Méjico, el 27 de Enero de 1902, por los Delegados (ilegible) la 2° Conferencia Internacional Americana, y que firmo, ad-referendun el Representante de Nicaragua.

Artículo 2°. - Someter dicha Convención á la ratificación de la Asamblea Nacional Legislativa en sus próximas sesiones ordinarias.

Comuníquese – Dado en Palacio Nacional – Managua, 20 de Junio de 1904 – J.S. Zelaya – El Ministro de Relaciones Exteriores Adolfo Altamirano.


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Asamblea Nacional de Nicaragua