Ley No. 316, Ley de la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras ( ) y la Comisión de Análisis Financiero adscrita al Consejo Nacional Contra el Crimen Organizado, conforme a las leyes que las rigen, podrán compartir información que sea pertinente en el ámbito de la Ley No. 735 "Ley de Prevención, Investigación y Persecución del Crimen Organizado y de la Administración de los Bienes Incautados, Decomisados y Abandonados" ( ), y de acuerdo a los mecanismos legales establecidos, cuando así lo solicite el Presidente de la República, a través de la Secretaría Ejecutiva del SNSD. |