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Título:Prorrógase por Dos Años Más los Efectos de la Ley del 6 de Febrero de 1936. (Enlace al Texto)-->Texto Normativo
Categoría Normativa:Decretos Legislativos
Número:S/N
La Gaceta, Diario Oficial N°:139
Fecha Publicación:07/01/1937.
Derogada Totalmente: Por la Ley N°. 1077, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Aduanas.

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Reformada por
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Fe de Errata
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Normas Complementarias
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Decreto Ejecutivo Nº. 71, Reglamento del Decreto Legislativo de 6 de Febrero de 1936.

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Normas Relacionadas
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Decreto Legislativo, Ley de Emergencia que Modifica Temporalmente las Relaciones Jurídicas entre Acreedores y Deudores.

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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:

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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
El Decreto Legislativo, Prorrógase por Dos Años Más los Efectos de la Ley del 6 de Febrero de 1936, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Aduanas.

Esta gaceta menciona que se prorróga los efectos de la Ley de 6 de febrero de 1936, publicado en la Gaceta No. 34, pero es la Gaceta No. 44 del 21/02/1936.



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