Que estando suspensas las garantías consignadas en el Artículo 49 Cn., de conformidad con el Artículo 7 de la Ley Marcial, los Tribunales Militares conocerán de los delitos contra la Seguridad Interior y Exterior del Estado y contra el orden público.
La no vigencia de esta norma se establece mediante la Ley N°. 1041, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Justicia Penal, aprobada el 15 de octubre de 2020, publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 105 del 09 de junio de 2021, fue incorporada al Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico. |