LEGISLACIÓN RELACIONADA
Título:Ley de Promoción del Desarrollo Integral de la Juventud. (Enlace al Texto)-->Texto Normativo
Categoría Normativa:Leyes
Número:392
Gaceta No.:126
Fecha Publicación:07/04/2001. Otras Fechas:
Texto Consolidado:Texto Consolidado

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Reformada por
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Fe de Errata
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Normas Complementarias
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Ley N°. 185, Código del Trabajo.

Ley N°. 815, Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social de Nicaragua.

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Normas Relacionadas
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Ley N°. 985, Ley para una Cultura de Diálogo, Reconciliación, Seguridad, Trabajo y Paz.

Ley N°. 1019, Ley que Declara el 26 de Febrero como “Día Nacional de las Artes y la Cultura Popular Nicaragüenses”.

Ley N°. 1209, Ley que Declara a la Valerosa y Valiosa Juventud de Nuestra Patria Bendita, como Patrimonio Nacional de Nicaragua.

Decreto Ejecutivo N°. 25-2002, Reglamento a la Ley No. 392,Ley de Promoción del Desarrollo Integral de la Juventud.

Ley N°. 1034, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Familia, Mujer, Niñez, Juventud, Adulto Mayor y Equidad de Género.

Texto Consolidado, Ley de Promoción del Desarrollo Integral de la Juventud.

Decreto Presidencial N°. 11-2023, Decreto de Declaración del Huipil Nicaragüense como Patrimonio Inmaterial, Artístico y Cultural de la Nación.

Decreto Presidencial N°. 08-2024, (Declarar a la Valerosa y Valiosa Juventud de Nuestra Patria Bendita, como: Patrimonio Nacional de Nicaragua).

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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:

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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
Se establece el período de seis meses contados a la fecha de Publicación de la Presente Ley para redistribuir entre los Ministerios de Estados las atribuciones y competencias que exija la ejecución de la presente Ley. La presente Ley entrará en vigencia seis meses después de su publicación en la Gaceta.



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