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Legislación de Nicaragua
Legislación Relacionada
Título:Ley General de Telecomunicaciones Convergentes. (Enlace al Texto)-->Texto Normativo
Categoría Normativa:Leyes
Número:1223
Gaceta No.:204
Fecha Publicación:11/06/2024. Otras Fechas:
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Reformada por
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Fe de Errata
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Normas Complementarias
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Ley N°. 200, Ley General de Telecomunicaciones y Servicios Postales.

Texto Consolidado, Ley N°. 200, Ley General de Telecomunicaciones y Servicios Postales.

Ley N°. 210, Ley de Incorporación de Particulares en la Operación y Ampliación de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones.

Ley N°. 670, Ley de Prorroga a las Empresas, Personas Naturales o Jurídicas que Operan Radio, Televisión y Telecable.

Texto Consolidado, Decreto Ejecutivo N°. 19-96, Reglamento de la Ley General de Telecomunicaciones y Servicios Postales.

Decreto Ejecutivo N°. 19-96, Reglamento de la Ley General de Telecomunicaciones y Servicios Postales.

Decreto Ejecutivo N°. 136-2004, Política Sectorial y Lineamientos de Apertura del Mercado de Telecomunicaciones.

Texto Consolidado, Decreto Ejecutivo N°. 5-2006, Constitución del Fondo de Inversión de Telecomunicaciones.

Decreto Ejecutivo N°. 5-2006, Constitución del Fondo de Inversión de Telecomunicaciones.

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Normas Relacionadas
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Texto Consolidado, Ley N°. 842, Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias.

Ley N°. 1003, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Telecomunicaciones y Servicios Postales.

Decreto - Ley N°. 1053, Ley Orgánica del Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos (TELCOR).

Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad Ver enlace.

Decreto Ejecutivo N°. 23-2016, Reforma y Adiciones al Decreto 5-2006, de la Constitución del Fondo Especial de Inversión de Telecomunicaciones y Servicios Postales (FITEL).

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Afectaciones a otras normas
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Interpretaciones:

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Derogaciones:

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Reformas:

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Adiciones:

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Suspensiones:

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Observaciones:
La presente Ley entrará en vigencia en un plazo de doce (12) meses después de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

En todo el ordenamiento jurídico nacional donde se mencione al “Fondo de Inversión de Telecomunicaciones (FITEL)”, deberá leerse “Fondo de Desarrollo de Telecomunicaciones Convergentes (FODETEC)”.



En proceso de actualización



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